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Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://hdl.handle.net/123456789/8232

Título : Propuesta para la configuración de experticias como medio probatorio en los procesos judiciales tributarios
Autor : Tapia M, Dhennys H.
Story Rodríguez, Mariam Del Carmen
Palabras clave : Medio probatorio
Procesos tributarios
Available evidence
Tax processes
Gerencia tributaria
Fecha de publicación : may-2011
Resumen : El principio o sistema de libertad de los medios de prueba vigente en el sistema procesal venezolano supone el derecho de las partes a valerse de cualquier medio probatorio, con excepción de aquellos legalmente prohibidos o que resulten impertinentes para la demostración de sus pretensiones, principio éste que deriva de lo dispuesto por el artículo 395 del Código de Procedimiento Civil (1987). En el procedimiento contencioso tributario, este principio de libertad de prueba ha sido consagrado en el primer aparte del artículo 193 del Código Orgánico Tributario (2001), aunque, con algunas limitaciones establecidas expresamente en la aludida norma. Todas herramientas que tienen gran efectividad al momento en que el juez deba tomar una decisión acerca de la actuación administrativa tributaria. El objetivo; ejercer el derecho a la defensa previsto en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999); pero la finalidad también está representada por la intención que tiene el administrado-contribuyente de desvirtuar el acta de reparo fiscal, aportando alegaciones y pruebas. La presente investigación tiene como finalidad plantear la configuración de experticias como medio probatorio en los procesos judiciales tributarios, para que sirva como un verdadero medio de prueba que le presente al juez sanos criterios de valoración que lo conlleven a la toma de una decisión apegada a derecho y con sentido de justicia, metodológicamente enmarcada en un estudio descriptivo, de tipo proyecto factible con diseño de campo, donde se aplicó un cuestionario tipo Likert a una muestra de 45 abogados. Para el análisis e interpretación de los datos se desarrollaron una serie de fases que arrojaron como conclusión: Que en efecto, el dictamen pericial realizado por terceros imparciales al reexaminar los hechos fiscalizados y sus efectos y, compararla con los resultados de la fiscalización reflejadas en el acta de reparo capitalizaría el conocimiento técnico de los expertos y su imparcialidad, por lo que posiblemente la evacuación de la experticia evitaría la prosecución de procedimientos administrativos o judiciales ulteriores, ya sea que el contribuyente acepte los términos de la resolución, o que la resolución revoque los reparos formulados.
URI : http://hdl.handle.net/123456789/8232
Aparece en las colecciones: (Sistemas Productivos) Trabajo de Postgrado

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