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http://hdl.handle.net/123456789/8232
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Título : | Propuesta para la configuración de experticias como medio probatorio en los procesos judiciales tributarios |
Autor : | Tapia M, Dhennys H. Story Rodríguez, Mariam Del Carmen |
Palabras clave : | Medio probatorio Procesos tributarios Available evidence Tax processes Gerencia tributaria |
Fecha de publicación : | may-2011 |
Resumen : | El principio o sistema de libertad de los medios de prueba vigente en el sistema
procesal venezolano supone el derecho de las partes a valerse de cualquier medio
probatorio, con excepción de aquellos legalmente prohibidos o que resulten
impertinentes para la demostración de sus pretensiones, principio éste que deriva
de lo dispuesto por el artículo 395 del Código de Procedimiento Civil (1987). En el
procedimiento contencioso tributario, este principio de libertad de prueba ha sido
consagrado en el primer aparte del artículo 193 del Código Orgánico Tributario
(2001), aunque, con algunas limitaciones establecidas expresamente en la aludida
norma. Todas herramientas que tienen gran efectividad al momento en que el juez
deba tomar una decisión acerca de la actuación administrativa tributaria. El objetivo;
ejercer el derecho a la defensa previsto en el artículo 49 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela (1999); pero la finalidad también está
representada por la intención que tiene el administrado-contribuyente de desvirtuar
el acta de reparo fiscal, aportando alegaciones y pruebas. La presente investigación
tiene como finalidad plantear la configuración de experticias como medio probatorio
en los procesos judiciales tributarios, para que sirva como un verdadero medio de
prueba que le presente al juez sanos criterios de valoración que lo conlleven a la
toma de una decisión apegada a derecho y con sentido de justicia,
metodológicamente enmarcada en un estudio descriptivo, de tipo proyecto factible
con diseño de campo, donde se aplicó un cuestionario tipo Likert a una muestra de
45 abogados. Para el análisis e interpretación de los datos se desarrollaron una
serie de fases que arrojaron como conclusión: Que en efecto, el dictamen pericial
realizado por terceros imparciales al reexaminar los hechos fiscalizados y sus
efectos y, compararla con los resultados de la fiscalización reflejadas en el acta de
reparo capitalizaría el conocimiento técnico de los expertos y su imparcialidad, por lo
que posiblemente la evacuación de la experticia evitaría la prosecución de
procedimientos administrativos o judiciales ulteriores, ya sea que el contribuyente
acepte los términos de la resolución, o que la resolución revoque los reparos
formulados. |
URI : | http://hdl.handle.net/123456789/8232 |
Aparece en las colecciones: | (Sistemas Productivos) Trabajo de Postgrado
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